Inicio › Blog › Soy copropietario y quiero vender
Soy copropietario y quiero vender
Soy copropietario y quiero vender: la guía rápida en 7 pasos
Actualizado el 23 de octubre de 2026
Si eres copropietario puedes vender tu parte sin el permiso de los demás. Esta guía te lleva en siete pasos desde la nota simple hasta el cobro en notaría, con los impuestos y los plazos reales. Si quieres saltarte la búsqueda de comprador, nosotros compramos tu cuota.
Checklist operativa completa
Impuestos y plazos
Precio en 48 h
¿Quieres vender tu parte?
Sáltate la búsqueda de comprador: te damos precio por escrito en 48 horas, sin compromiso.
Respuesta
Si soy copropietario, ¿puedo vender mi parte? Sí, sin permiso de nadie
Soy copropietario y quiero vender: es la frase con la que empiezan la mayoría de las llamadas que recibimos. La respuesta es que sí puedes, y no necesitas que los demás estén de acuerdo. El artículo 399 del Código Civil dice que cada copropietario tiene la plena propiedad de su parte y puede venderla, cederla o hipotecarla. Lo único que no puedes vender solo es la propiedad entera.
Hay dos límites que debes conocer desde el principio. El primero es el retracto de comuneros: los demás pueden quedarse tu cuota pagando lo mismo que el comprador, en nueve días desde que conocen la venta. El segundo es el precio: una cuota vale menos que su porcentaje matemático, porque quien la compra entra en una propiedad compartida. Con eso claro, estos son los siete pasos.
Los siete pasos
Cómo vender mi parte de una propiedad en siete pasos
01
Pide la nota simple
En la web del Colegio de Registradores, con la dirección o la referencia catastral, por unos diez euros. Confirma tu cuota, los demás titulares y las cargas.
02
Comprueba tu título
Tu cuota tiene que estar inscrita a tu nombre. Si viene de una herencia sin escriturar, primero la escritura de aceptación y adjudicación. Sin esto no hay venta.
03
Valora tu cuota
Averigua el valor del inmueble completo con dos o tres referencias de portales o una tasación, calcula tu porcentaje y aplica el descuento de cuota: entre el 30 % y el 60 % según ocupación y cargas.
04
Elige la vía
Ofrece primero tu parte a los demás por extinción de condominio, con plazo. Si no hay respuesta, decide entre vender tu cuota a un comprador profesional o pedir la división judicial.
05
Pide la oferta por escrito
Precio cerrado, plazo de firma, quién paga la notaría y qué pasa con la hipoteca. Sin exclusividad ni adelantos. La nuestra llega en 48 horas.
06
Firma en notaría
Escritura de compraventa de cuota con el precio pagado en el acto por cheque bancario o transferencia. Dos a cuatro semanas desde la oferta si la documentación está al día.
07
Notifica, liquida e inscribe
El comprador notifica a los demás copropietarios para el retracto e inscribe. Tú liquidas la plusvalía municipal en treinta días hábiles y declaras la ganancia en el IRPF del año siguiente.
Paso 1
Qué mirar en la nota simple antes de vender tu copropiedad
La nota simple es el documento que resuelve la mitad de las dudas. Fíjate en estos puntos:
Titulares y cuotas. Que tu porcentaje coincida con lo que crees tener. En herencias es frecuente que las cuotas sean distintas de lo que la familia da por hecho.
Cargas. Hipotecas, embargos, usufructos, condiciones resolutorias. Cada una afecta al precio y a lo que hay que preparar para firmar.
Descripción. Superficie, linderos y referencia catastral. Si no coincide con el Catastro, no impide vender, pero conviene saberlo.
Lo que no aparece. Los alquileres y las ocupaciones no constan en el Registro. Tampoco las deudas de comunidad ni el IBI pendiente, que hay que comprobar aparte.
Si tu cuota no aparece. La herencia no está inscrita. Es el paso 2: aceptar, adjudicar e inscribir antes de vender.
Nosotros pedimos la nota simple por ti y te la explicamos antes de hacer la oferta. Si aparece algo raro, una carga antigua o una cuota distinta de la que esperabas, lo sabrás antes de decidir nada.
Paso 3
Cuánto vale tu cuota: ejemplo con números
Piso de 180.000 euros heredado por cuatro hermanos. Tu 25 % vale matemáticamente 45.000 euros. Un comprador profesional paga entre el 40 % y el 70 % de esa cifra: entre 18.000 y 31.500 euros. Si el piso está vacío, inscrito y sin cargas, te moverás en la parte alta. Si uno de tus hermanos vive en él, en la parte media. Si hay okupa o embargos, en la baja.
Comparado con lo que cobrarías vendiendo el piso entero de común acuerdo, 45.000 euros menos impuestos, la diferencia es el precio de no depender de nadie y de cobrar en semanas. Por eso recomendamos intentar antes el acuerdo, y vender la cuota cuando el acuerdo no llega. Tienes la horquilla por situación en nuestra página de precios.
Paso 7
El retracto de comuneros no frena la venta
Muchos copropietarios creen que tienen que pedir permiso o esperar a que los demás renuncien a comprar. No es así. Vendes primero y notificas después. Los demás tienen nueve días desde la inscripción de la venta o desde que la conocen (artículos 1522 y 1524) para subrogarse en la compra pagando el precio y los gastos. Si lo hacen, el comprador cobra lo que pagó y la cuota pasa al comunero; tú ya has cobrado y nada cambia para ti. Si no lo hacen, la venta queda firme.
En la práctica el retracto se ejerce poco: quien no tenía dinero para comprarte antes tampoco lo tiene en nueve días. Pero es un derecho real y por eso nosotros notificamos siempre, con acuse de recibo, para que no quede nada abierto.
Impuestos
Qué impuestos pago al vender mi parte de una propiedad
Concepto
Quién lo paga y cuánto, orientativo
IRPF
Tú, en la renta del año siguiente, por la diferencia entre el precio de venta y el valor de adquisición de tu parte. Entre el 19 % y el 28 % de la ganancia. Si vendes por debajo del valor de adquisición, pérdida compensable.
Plusvalía municipal
Tú, en treinta días hábiles desde la firma. Depende del municipio y de los años. Si acreditas que no hubo incremento de valor, no se paga.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
El comprador, entre el 6 % y el 11 % del precio según comunidad. A ti no te afecta.
Notaría y registro
Por ley, el vendedor paga la matriz y el comprador la copia y la inscripción. En nuestras compras asumimos nosotros todos los gastos de notaría y gestión.
Deudas de comunidad e IBI
El vendedor debe estar al corriente. Las deudas de comunidad del año en curso y los tres anteriores siguen a la finca.
Plazos
Cuánto tarda vender una copropiedad según la vía
Vender tu cuota a un comprador profesional: de dos a cuatro semanas desde la oferta, si la herencia está inscrita y no hay cargas complicadas. Con hipoteca o embargo, de cuatro a ocho, por los certificados de deuda. Extinción de condominio con otro copropietario: de dos semanas a tres meses, casi siempre por la hipoteca. Venta conjunta del inmueble: de tres a seis meses. División judicial: de uno a tres años.
Si tu caso tiene algo que lo complique, lo mejor es saberlo cuanto antes: herencia sin inscribir, usufructo, inquilino o copropietario dentro. Ninguno impide vender, pero todos suman semanas si se descubren tarde.
Nuestra recomendación: reúne la nota simple y la escritura antes de pedir ofertas. Con esos dos documentos cualquier comprador serio puede darte un precio firme, y tú puedes comparar varias sin perder semanas ni dar exclusividad a nadie.
Nosotros
Sáltate los pasos 4 y 5: pide precio ahora
Compramos cuotas de pisos, casas, locales, garajes y terrenos en toda España con fondos propios. Nota simple, notificación del retracto y gastos de notaría corren de nuestra cuenta.
Oferta por escrito en 48 horas
Dinos la dirección y tu porcentaje. Sin exclusividad, sin compromiso y sin que los demás tengan que firmar.
Quiero vender mi partePreguntas frecuentes
Preguntas sobre soy copropietario y quiero vender
¿Puedo vender si soy copropietario y los demás no quieren?
Sí. El artículo 399 del Código Civil te permite vender tu cuota sin su consentimiento. Lo único que tienen es el retracto: quedarse tu parte al mismo precio en nueve días.
¿Necesito abogado para vender mi parte?
No. La venta de una cuota se hace en escritura pública ante notario, que comprueba la titularidad y las cargas. Un abogado solo es necesario si vas a la división judicial.
¿Qué documentos piden en notaría para vender mi cuota?
DNI, escritura por la que tienes tu parte, nota simple reciente, último recibo del IBI, certificado de estar al corriente con la comunidad y, si hay hipoteca, certificado de deuda del banco. El certificado energético solo si se vende el inmueble completo o el comprador lo pide.
¿Cuánto tarda vender una copropiedad?
De dos a cuatro semanas si vendes tu cuota a un comprador profesional con la documentación al día. Más si hay hipoteca, embargo o herencia sin inscribir. Vender el inmueble entero de común acuerdo tarda de tres a seis meses.
¿Qué impuestos pago al vender mi parte de una propiedad?
IRPF por la ganancia, si la hay, y plusvalía municipal. El Impuesto de Transmisiones lo paga el comprador. En nuestras compras los gastos de notaría y gestión son nuestros.
¿Puedo vender mi parte si la herencia no está inscrita?
Primero hay que aceptar y adjudicar la herencia en escritura e inscribirla. Mientras tanto puedes vender tus derechos hereditarios, que es otra operación distinta. Te explicamos qué conviene en cada caso.
Pide tu oferta
Eres copropietario y quieres vender: lo hacemos fácil
Compramos tu cuota con fondos propios. Precio por escrito en 48 horas, firma en notaría en dos a cuatro semanas y cobro al contado. Sin exclusividad.
Escribir por WhatsApp