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Reclamar la legítima a mis hermanos

Reclamar la legítima a mis hermanos: cuánto te toca, plazos, costes y qué vender

Actualizado el 24 de octubre de 2026

Reclamar la legítima a mis hermanos es posible si el testamento te dejó fuera o con menos de lo debido. Como mínimo, te corresponde tu parte del tercio de legítima estricta, que se reparte entre todos los hijos. Se reclama con la acción de complemento o impugnando la preterición o la desheredación, mejor en los primeros cuatro años. Cuando tengas tu cuota adjudicada, compramos tu parte con oferta por escrito en 48 horas.

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Tercios explicados con cifras

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Plazos y costes orientativos

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Reclamar la legítima a mis hermanos: fachada de casa antigua con balcones

Cuándo

Cuándo puedes reclamar la legítima a tus hermanos

La legítima es la parte de la herencia que el testador no puede quitar a sus herederos forzosos. Lo dice el artículo 806 del Código Civil. Si tus padres hicieron testamento a favor de tus hermanos y te dejaron fuera, o con muy poco, la ley te protege. Puedes reclamar la legítima a tus hermanos aunque el testamento sea válido.

Hay tres situaciones típicas. La primera: el testamento te deja algo, pero menos de lo que te toca. En la segunda, ni te menciona: es la preterición. Y en la tercera, te deshereda de forma expresa, alegando una causa que puede ser falsa o no estar probada.

No siempre hay derecho a reclamar. Si tus padres te dejaron al menos tu legítima estricta y el resto lo dieron a tus hermanos como mejora y libre disposición, el testamento es correcto. Por eso, antes de nada, toca hacer números.

Los tercios

Los tercios de la herencia y tu parte mínima, con cifras

Para reclamar la legítima a tus hermanos, primero hay que saber cuánto es. En derecho común, el artículo 808 divide la herencia de quien tiene hijos en tres tercios. Ejemplo: herencia de 240.000 €, sin deudas ni donaciones, y tres hijos. Las cifras son orientativas.

Tercio

Cuánto es

Legítima estricta

80.000 €, que se reparten a partes iguales entre los tres hijos: 26.667 € cada uno. Es tu mínimo intocable.

Mejora

80.000 € que el testador puede dar a uno o varios hijos o nietos. Si no dispone nada, se reparte como la legítima.

Libre disposición

80.000 € que puede dejar a quien quiera, también a un hijo o a un tercero.

Te dejan fuera queriendo

Como mínimo, te corresponden los 26.667 € de legítima estricta.

Te olvidan sin querer

Si es preterición no intencional, se anula la institución de herederos y podrías llegar a 80.000 €.

Además, para calcular la legítima se suman las donaciones que hicieron tus padres en vida, según el artículo 818. Si un hermano recibió un piso, su valor entra en la cuenta y tu mínimo sube.

Tu caso

Con menos, preterido o desheredado: tres acciones distintas

No todas las formas de reclamar la legítima a tus hermanos son iguales: cada situación tiene su acción. Elegir la correcta es la mitad del trabajo.

Te dejaron menos: complemento

El artículo 815 permite al heredero forzoso que recibió menos de su legítima pedir el complemento. No se anula el testamento. Solo se ajusta para que llegues a tu mínimo, reduciendo lo que reciben los demás.

No te mencionan: preterición

El artículo 814 distingue. Si fue intencional, reclamas tu legítima. Si fue un olvido, por ejemplo de un hijo nacido después del testamento, se anula la institución de herederos y se aplica el reparto legal.

Te desheredan: impugnación

Solo se puede desheredar por las causas del artículo 853, como negar alimentos o el maltrato. La doctrina del Tribunal Supremo incluye el maltrato psicológico. Si niegas la causa, son tus hermanos quienes deben probarla, según el artículo 850. Si no lo consiguen, recuperas al menos tu legítima.

Ojo con un detalle. Si tus padres te hicieron donaciones en vida, se imputan a tu legítima, según el artículo 819. Es decir, lo que ya recibiste cuenta como pagado y puede reducir lo que reclamas.

Paso a paso

Pasos para reclamar la legítima a tus hermanos

Antes de reclamar la legítima a tus hermanos por la vía judicial, conviene agotar los pasos amistosos. Muchas veces bastan.

01

Consigue el testamento

Pide el certificado de últimas voluntades, que cuesta menos de 5 €. Con él, solicita en la notaría la copia autorizada del último testamento.

02

Haz inventario y números

Reúne la nota simple de los inmuebles, los saldos y las donaciones conocidas. Calcula tu legítima estricta con el valor real de los bienes, no con el catastral.

03

No firmes una partición que te perjudique

En general, si no hay contador-partidor, tus hermanos necesitan tu intervención para hacer la partición e inscribirla. Esa firma es tu mejor baza para negociar.

04

Requiere por escrito

Envía un burofax con tu cálculo y una propuesta. Es barato, deja constancia y a veces desbloquea el asunto.

05

Prueba la mediación o la conciliación

Un mediador o un acto de conciliación ante notario o en el juzgado puede cerrar un acuerdo sin pleito.

06

Demanda si no hay acuerdo

Tu abogado presentará demanda de complemento, de nulidad por preterición o de impugnación de la desheredación. Se tramita por el procedimiento que corresponda según la cuantía.

Un caso tipo. Marta queda fuera del testamento de su padre, que deja 240.000 € a sus dos hermanos. Su legítima estricta son 26.667 €, algo más del 11 % de la herencia. Con un burofax bien calculado y una mediación, sus hermanos le adjudican esa cuota del piso. Sin juicio y en pocos meses.

Plazos y costes

Plazos y costes orientativos

Antes de reclamar la legítima a tus hermanos, conoce los plazos y lo que cuesta. Aquí conviene ser prudentes, porque el Código Civil no fija un plazo único para estas acciones.

Plazos. Según la acción, se manejan horquillas de cuatro a cinco años desde el fallecimiento o desde la partición, y en algunos casos más. Por prudencia, actúa dentro de los cuatro primeros años y consulta a un abogado cuanto antes.

Abogado. Entre 1.500 € y 6.000 €, según la complejidad, o un porcentaje de lo que se recupere. Pide presupuesto por escrito.

Procurador. De 300 € a 1.000 €, orientativo, si hay demanda.

Perito tasador. De 300 € a 1.500 € para valorar inmuebles y discutir el inventario.

Costas. Si pierdes, puedes tener que pagar las de tus hermanos. Si ganas, normalmente las pagan ellos.

Duración. Un acuerdo puede cerrarse en semanas. Un juicio, en cambio, suele llevar de uno a tres años con recursos.

Recuerda que estas reglas son las del Código Civil común. En Cataluña la legítima es una cuarta parte y funciona como un derecho de crédito; en Navarra es simbólica. Consulta la vecindad civil de tus padres.

Después

Qué puedes vender después de reclamar la legítima

En derecho común, la legítima es, en principio, una parte de los bienes y no solo un derecho a cobrar dinero. Por eso, salvo que el testamento ordene pagarla en metálico, lo normal es acabar con una cuota de la casa junto a tus hermanos. Es decir, ganas y quedas en proindiviso con quienes te lo pusieron difícil.

A partir de ahí tienes dos opciones. La primera es pactar con ellos: que te compren tu parte o vender juntos. La segunda es vender tu cuota a un tercero sin su permiso, porque el artículo 399 lo permite. Tus hermanos tendrán derecho de retracto durante nueve días.

Nosotros compramos cuotas que vienen de una reclamación de legítima. Si la cuota ya está adjudicada e inscrita, te damos oferta por escrito en 48 horas. Si todavía está en disputa, estudiamos el caso y te decimos con claridad si podemos comprar ya o cuando se resuelva. Pagamos entre el 40 % y el 70 % del valor proporcional.

Para muchas personas, después de reclamar la legítima a sus hermanos, lo último que quieren es compartir piso con ellos. Vender la cuota cierra el capítulo.

Cierra el capítulo

Cobra tu parte sin seguir atado a tus hermanos

Si ya has tenido que reclamar la legítima a tus hermanos, no hace falta que sigáis compartiendo nada. Compramos tu cuota con fondos propios y cobras en notaría.

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Cuéntanos qué se te ha adjudicado o qué reclamas, y en qué fase está. Firma en notaría en 2-4 semanas, gastos a nuestro cargo y sin exclusividad.

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Preguntas frecuentes

Preguntas sobre cómo reclamar la legítima

¿Cuánto me corresponde de legítima si somos tres hermanos?

En derecho común, la legítima estricta es un tercio de la herencia repartido entre todos los hijos. Con tres hermanos, te corresponde como mínimo un noveno del caudal. En una herencia de 240.000 €, son unos 26.667 €, más lo que te toque del tercio de mejora si no se usó.

¿Mis hermanos pueden inscribir la herencia sin mi firma si soy legitimario?

En general, no. Si no hay contador-partidor nombrado, la partición hecha por los herederos necesita la intervención del legitimario para inscribirse en el Registro. Por eso tu firma tiene valor en la negociación. Consulta tu caso, porque hay excepciones.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar la legítima?

El Código Civil no fija un plazo único y la doctrina discute cuál aplicar a cada acción. Se manejan horquillas de cuatro a cinco años desde el fallecimiento o la partición. Por prudencia, no dejes pasar los primeros cuatro años sin actuar.

¿Qué pasa si mi padre me desheredó?

Solo puede hacerlo en testamento y por una causa legal, como negar alimentos o el maltrato, que debe expresar. Si niegas la causa, tus hermanos tienen que probarla. Si no lo hacen, la desheredación es injusta y recuperas al menos tu legítima.

¿Me pueden pagar la legítima en dinero en lugar de darme parte de la casa?

Sí, si el testamento lo ordena conforme a los artículos 841 y siguientes del Código Civil, o si llegáis a un acuerdo. Si no, en derecho común la legítima se paga en principio con bienes de la herencia, y acabarás con una cuota del inmueble.

¿Puedo vender la parte que me adjudiquen tras reclamar?

Sí. Una vez adjudicada, tu cuota es tuya y puedes venderla sin permiso de tus hermanos, que tendrán nueve días de retracto. Nosotros la compramos con oferta por escrito en 48 horas y firma en notaría en 2-4 semanas.

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