Inicio › Blog › Una empresa ha comprado la parte de mi hermano
Una empresa ha comprado la parte de mi hermano
Una empresa ha comprado la parte de mi hermano: qué puede hacer y qué puedes hacer tú
Actualizado el 24 de octubre de 2026
Si una empresa ha comprado la parte de mi hermano, la venta es válida aunque nadie me avisara, porque cada copropietario puede vender su cuota. La empresa ocupa su lugar con los mismos derechos: usar el piso, reclamar gastos o pedir la división judicial. No puede vender tu parte ni echarte sin juicio, y tú tienes nueve días para el retracto. Si prefieres salir, también compramos tu cuota con oferta por escrito en 48 horas.
Tus derechos, sin rodeos
Retracto explicado con cifras
Segunda oferta en 48 horas
¿Te ha llegado un burofax de una empresa?
Antes de contestar, compara. Te damos precio por tu cuota por escrito en 48 horas, sin compromiso.
Qué ha pasado
Qué significa que una empresa haya comprado la parte de tu hermano
Que una empresa haya comprado la parte de tu hermano sin avisarte es legal. El artículo 399 del Código Civil permite a cada copropietario vender su cuota sin pedir permiso a los demás. Por eso tu hermano pudo firmar en notaría a tus espaldas. Desde ese día, la empresa es dueña de su porcentaje y tú compartes el piso con ella.
La empresa no compra el piso entero, sino una cuota indivisa. Es decir, tiene un porcentaje sobre todo el inmueble, no una habitación ni una planta. Tus derechos siguen intactos: tu parte es tuya, tu título no cambia y nadie puede vender el piso completo sin tu firma.
Uno suele enterarse de tres maneras: un burofax de la empresa, una llamada o una nota simple pedida por otro motivo. En cualquier caso, la venta no te obliga a nada inmediato. Sin embargo, abre un plazo corto que conviene vigilar: el del retracto.
Primeros días
Has recibido un burofax: qué hacer en los primeros días
Cuando una empresa ha comprado la parte de tu hermano, lo normal es que te escriba pronto. No contestes en caliente y sigue este orden.
01
Pide una nota simple
Cuesta unos 9 € en la web del Registro de la Propiedad. Verás si la venta ya está inscrita, a nombre de quién y en qué fecha. Esa fecha marca el inicio del plazo de retracto.
02
Calcula el plazo
Son nueve días naturales desde la inscripción o, si no está inscrita, desde que conociste la venta con detalle. Apunta la fecha. Pasado el plazo, el derecho se pierde.
03
Averigua el precio
Para retraer necesitas saber cuánto pagó la empresa. Pídelo por escrito. Si la venta no está inscrita, el plazo corre desde que conoces todos sus datos, precio incluido.
04
Lee bien la propuesta
El burofax suele ofrecer tres cosas: comprarte tu parte, venderte la suya o, si no hay acuerdo, demandar la división. Ninguna oferta es urgente aunque lo parezca. Compara antes de decidir.
05
Consulta a un abogado si vas a retraer
El retracto se ejerce con demanda y exige consignar o garantizar el precio. Si dudas, una consulta de una hora te ahorra errores caros.
Límites
Lo que la empresa puede hacer y lo que no
Cuando una empresa ha comprado la parte de tu hermano, hereda sus mismos derechos, ni uno más. Estas son las situaciones que más nos preguntan.
Situación
Qué dice la ley
Usar el piso
Puede usarlo según su destino, sin impedir que tú lo uses. Lo dice el artículo 394 del Código Civil. En la práctica, casi nunca intenta entrar a vivir.
Reclamar gastos
Puede exigir que pagues tu parte del IBI, la comunidad y las reparaciones necesarias, según los artículos 393 y 395. Igual que tú a ella.
Pedir compensación por uso
Si tú vives en el piso en exclusiva, puede reclamar una compensación por su parte. Depende de cada caso y de lo pactado.
Alquilar el piso
Es un acto de administración y exige mayoría de cuotas, según el artículo 398. Con un 50 %, la empresa sola no llega.
Vender el piso entero
No puede. Para vender el inmueble completo hace falta la firma de todos. Solo puede vender su propia cuota a otro.
Cambiar la cerradura
No debe impedirte el acceso. Si lo hace, puedes pedir amparo al juzgado. Lo mismo vale al revés: tú tampoco puedes dejarla fuera.
Pedir la división judicial
Sí puede, por el artículo 400: nadie está obligado a seguir en comunidad. Si el piso es indivisible, el juez acabará ordenando su venta en subasta.
Si te sientes presionado, contesta solo por escrito y guarda cada mensaje. Así tendrás pruebas si algún día hay juicio.
Retracto
Retracto: recuperar la parte que compró la empresa a tu hermano
El artículo 1522 del Código Civil da al copropietario un derecho de retracto. Si un comunero vende su cuota a un extraño, tú puedes quedarte con ella pagando lo mismo que pagó el comprador. Además, debes reembolsar los gastos del contrato y los pagos necesarios y útiles, según el artículo 1518.
El plazo es muy corto. El artículo 1524 fija nueve días desde la inscripción en el Registro o, en su defecto, desde que conociste la venta. Si la cuota venía de una herencia sin repartir, se aplica el retracto de coherederos del artículo 1067, con un mes desde que te notifican la venta.
Aquí está la oportunidad que pocos ven. Las empresas compran cuotas por debajo del valor proporcional. Por ejemplo, una empresa ha comprado la parte de tu hermano en un piso de 200.000 €. Pagó 55.000 € por esa mitad. Tú puedes retraer por esos 55.000 € más gastos y quedarte el piso entero por mucho menos de su valor.
El problema es el dinero y el tiempo. Necesitas el precio disponible en días, porque la demanda exige consignarlo o garantizarlo. Si no lo tienes, el retracto queda en teoría. Aun así, saber que existe mejora tu posición cuando negocias con la empresa.
Acuerdos
Acuerdos posibles con el nuevo copropietario
Después de que una empresa haya comprado la parte de tu hermano, casi todo acaba en un acuerdo. Estas son las opciones que vemos funcionar.
Vender el piso entero a un tercero
Suele dar más dinero a los dos. Si la empresa y tú firmáis, el piso se vende a precio de mercado y cada uno cobra su porcentaje. Pacta por escrito el precio mínimo y el plazo.
Comprarle su parte
La empresa querrá un margen sobre lo que pagó. Aun así, puede salirte bien si quieres el piso. Negocia con una tasación en la mano.
Calcular la compensación →Venderle tu parte
Te ofrecerá un precio con descuento, porque asumirá el resto del proceso. Pide la oferta por escrito y compárala con otras.
Ver precios orientativos →Alquilar y repartir la renta
Si nadie tiene prisa, alquilar genera ingresos mientras decidís. Hace falta acuerdo de mayoría y un reparto claro de gastos.
Cómo alquilar en proindiviso →Si no hay acuerdo, la empresa puede demandar la división de cosa común. Es un proceso de uno a tres años que suele acabar en subasta, con precios bajos para todos.
Tu salida
Vender también tu cuota: a la empresa, a otra o a nosotros
Muchas personas descubren, cuando una empresa ha comprado la parte de su hermano, que tampoco quieren seguir. Es comprensible: compartir piso con una empresa no es lo mismo que con un hermano. Si es tu caso, puedes vender tu cuota igual que hizo él, sin permiso de nadie.
La primera opción es venderla a la misma empresa. Tiene sentido, porque reunirá el 100 % y podrá vender el piso libre. Por eso, en teoría, debería pagarte algo más que por una cuota suelta. En la práctica, conviene comparar.
Nosotros también compramos cuotas cuando la otra parte ya está en manos de una empresa. Te damos oferta por escrito en 48 horas, firmamos en notaría en 2-4 semanas y pagamos los gastos de notaría y gestión. Pagamos entre el 40 % y el 70 % del valor proporcional, según el caso. Con una segunda oferta sobre la mesa, negocias mejor con quien sea.
Antes de decidir, mira también qué hace una empresa como la nuestra con la cuota que compra. Lo contamos sin rodeos en nuestro artículo sobre qué hacen las empresas que compran proindivisos.
Compara
Si una empresa ha comprado la parte de tu hermano, compara precio
Si una empresa ha comprado la parte de tu hermano, no firmes la primera oferta que te llegue por burofax. Pídenos precio por tu cuota y decide con dos números delante.
Oferta por tu cuota en 48 horas
Dinos la dirección, tu porcentaje y qué te ha propuesto la empresa. Te contestamos por escrito, sin compromiso y sin exclusividad. Gastos de notaría a nuestro cargo.
Quiero comparar precioPreguntas frecuentes
Preguntas cuando una empresa compra la parte de tu hermano
¿Puede mi hermano vender su parte a una empresa sin decirme nada?
Sí. El artículo 399 del Código Civil permite vender una cuota sin consentimiento de los demás copropietarios. No hay obligación legal de avisarte antes, aunque tú conservas el derecho de retracto durante nueve días desde la inscripción o desde que conoces la venta.
¿La empresa que compró la parte de mi hermano puede echarme del piso?
No. Eres copropietario y tienes derecho a usar el piso. Lo que sí puede hacer es reclamarte una compensación si lo usas en exclusiva o pedir la división judicial, que puede acabar en subasta tras uno a tres años de proceso.
¿Cuánto tiempo tengo para ejercer el retracto?
Nueve días naturales desde la inscripción de la venta en el Registro o, si no está inscrita, desde que conoces la venta con todos sus datos. Si la cuota formaba parte de una herencia sin repartir, el retracto de coherederos da un mes desde que te lo notifican.
¿Qué precio tengo que pagar si retraigo la parte de mi hermano?
El mismo que pagó la empresa, más los gastos del contrato y los pagos necesarios y útiles hechos sobre la cuota. Por eso el retracto puede ser una oportunidad: las empresas suelen comprar entre el 40 % y el 70 % del valor proporcional.
¿Me conviene vender mi parte a la misma empresa?
Puede convenirte, porque con tu cuota reúne el 100 % y venderá el piso libre. Aun así, pide la oferta por escrito y compárala. Nosotros te damos una segunda oferta en 48 horas, sin compromiso, para que negocies con datos.
¿Qué pasa si no llego a ningún acuerdo con la empresa?
La empresa puede demandar la división de cosa común. Si el piso no se puede dividir, el juez ordenará su venta en subasta y se repartirá el precio. El proceso dura de uno a tres años y la subasta suele quedar por debajo del mercado.
Pide tu oferta
Una empresa ha comprado la parte de mi hermano: te damos precio por tu parte en 48 h
Oferta por escrito en 48 horas, firma en notaría en 2-4 semanas, pago al contado y gastos a nuestro cargo. Sin exclusividad: compara con lo que te ofrece la empresa.
613431439 Escribir por WhatsApp