Inicio › Blog › Uno quiere vender y el otro no
Uno quiere vender y el otro no
Qué pasa si uno quiere vender la casa y el otro no: tus tres salidas
Actualizado el 23 de octubre de 2026
Si uno quiere vender y el otro no, nadie puede obligar al otro a vender la casa entera, pero tampoco nadie está obligado a seguir en la copropiedad. Tienes tres salidas: vender tu parte, pedir la división judicial o llegar a un acuerdo. Nosotros compramos tu parte sin que el otro firme.
Sin la firma del otro
Oferta escrita en 48 h
Compramos en toda España
¿El otro no quiere vender?
No lo necesitas. Te damos precio por tu parte en 48 horas y firmamos en notaría en semanas.
Respuesta directa
Qué pasa si uno quiere vender y el otro no: la ley lo tiene resuelto
Cuando uno quiere vender y el otro no, pasan dos cosas a la vez. La primera: la casa entera no se puede vender, porque hace falta la firma de todos los propietarios. La segunda: el que quiere salir no está atrapado. El artículo 400 del Código Civil dice que ningún copropietario está obligado a permanecer en la comunidad, y el artículo 399 le permite vender su parte sin el consentimiento de los demás.
Es decir, el que no quiere vender puede bloquear la venta del todo, pero no puede impedir que tú vendas tu parte ni que pidas al juez que divida o venda el inmueble. En la práctica, un copropietario que se niega a todo solo consigue una cosa: que la salida sea más lenta y más cara para los dos. Y si la casa está hipotecada, que la deuda siga corriendo mientras tanto para ambos.
Nosotros somos esa salida rápida: compramos tu cuota con fondos propios, sin que el otro tenga que estar de acuerdo, con oferta por escrito en 48 horas y firma en notaría en dos a cuatro semanas.
Tres salidas
Las tres salidas cuando un copropietario no quiere vender
Vender tu parte a un tercero
Es la única vía que depende solo de ti. Vendes tu cuota a un comprador profesional, cobras al contado y sales. El otro propietario tiene nueve días de retracto para quedarse tu parte al mismo precio. Si no lo hace, pasa a compartir la casa con el comprador.
Vender sin avisar →Pedir la división de cosa común
Demandas al otro para que el juez declare que la casa no se puede dividir y ordene venderla, normalmente en subasta pública. Tarda de uno a tres años y necesitas abogado y procurador. El precio de subasta suele ser bajo, pero el juez no puede negártelo.
Cómo funciona la división →Llegar a un acuerdo
Que el que no quiere vender te compre tu parte por extinción de condominio, o que acepte vender a cambio de algo: más tiempo, un reparto distinto, quedarse con los muebles. Es la mejor salida cuando es posible, y la que recomendamos intentar primero.
Extinción de condominio →Comparativa
Plazo, coste y lo que cobras en cada salida
Salida
Acuerdo, plazo, coste y precio
Acuerdo: extinción de condominio
Necesita que el otro quiera y tenga dinero o hipoteca. De dos semanas a tres meses. Impuesto de Actos Jurídicos Documentados a cargo de quien se queda. Cobras el valor pactado, cerca del valor real de tu parte.
Acuerdo: venta conjunta
Necesita las dos firmas. De tres a seis meses. Gastos de inmobiliaria y plusvalía. Cobras tu porcentaje del precio de mercado, lo mejor posible.
Vender tu cuota a un tercero
No necesita acuerdo. Oferta en 48 horas y firma en dos a cuatro semanas. Notaría a cargo del comprador. Cobras entre el 40 % y el 70 % del valor de tu parte.
División de cosa común
No necesita acuerdo, pero sí juicio. De uno a tres años. Abogado, procurador y tasación: de 3.000 a 6.000 euros si no hay condena en costas. Cobras tu porcentaje del precio de subasta, que suele quedar por debajo del mercado.
Lo habitual es combinar las vías: ofrecer primero la extinción, y si no hay respuesta en un plazo razonable, vender la cuota o demandar. Lo que no funciona es esperar a que el otro cambie de opinión.
Caso 1
Pareja separada: uno vive en la casa y no quiere vender
Es el escenario más frecuente. Comprasteis la casa a medias, la relación se rompió, uno se fue y el otro se quedó viviendo. El que se quedó no paga nada por el uso y no tiene prisa por vender. El que se fue paga la mitad de la hipoteca de una casa en la que no vive.
Lo primero que puedes hacer es exigir por escrito una compensación por el uso exclusivo. El Tribunal Supremo admite que el copropietario que ocupa la vivienda en exclusiva contra la voluntad del otro debe compensarlo desde que se lo reclama. Eso suele mover a negociar. Lo segundo es ofrecerle comprar tu parte por extinción de condominio, con un plazo claro. Lo tercero, si no hay respuesta, es vender tu cuota.
Un matiz importante: si estuvisteis casados y la sentencia de divorcio atribuyó el uso de la vivienda a tu ex o a los hijos, ese uso se mantiene aunque vendas tu parte o se divida la cosa común. Se puede vender igual, pero el comprador lo tiene en cuenta en el precio. Tienes el caso completo en nuestra página sobre proindiviso y divorcio.
Caso 2
Hermanos que heredan: uno se niega a vender la casa de los padres
Segundo escenario: la casa familiar pasa a tres hermanos y uno de ellos no quiere venderla, por apego, porque vive en ella o porque espera que suba de precio. Los otros dos quieren liquidar. Aquí hay que distinguir dos momentos.
Si la herencia todavía no se ha partido, lo que tienes es un derecho hereditario sobre el conjunto, no una cuota sobre la casa. Puedes vender ese derecho a un tercero, aunque tus hermanos tienen retracto de coherederos durante un mes desde que se les notifica (artículo 1067). O puedes pedir la partición judicial. Si la herencia ya se ha adjudicado y cada hermano tiene su tercio inscrito, estás en una comunidad ordinaria: vendes tu cuota con el retracto de nueve días del artículo 1522.
En ambos casos la vía judicial existe, pero es lenta y envenena la relación familiar. Por eso muchos hermanos prefieren vender su parte a un tercero y dejar que sea el comprador quien negocie con el que se niega. Es nuestro trabajo diario: tienes más detalle en la página sobre qué hacer cuando un heredero no quiere vender.
Errores
Lo que no debes hacer cuando el otro no quiere vender
Hemos visto cientos de bloqueos entre copropietarios y los errores se repiten. Casi todos empeoran la posición de quien quiere vender, que es justo lo contrario de lo que busca:
Dejar de pagar la hipoteca o el IBI para presionar. El banco y el ayuntamiento van contra los dos, y los impagos acaban en embargo sobre tu cuota también.
Cambiar la cerradura o entrar por la fuerza. El otro tiene el mismo derecho de uso que tú. Puede acabar en denuncia por coacciones.
Vender tu parte sin tener la herencia inscrita. Primero la escritura de aceptación y adjudicación, luego la venta. Si no, la operación se atasca en el Registro.
Aceptar ofertas de palabra. Pide siempre la oferta por escrito, con precio cerrado y sin exclusividad, antes de dar ningún documento.
Esperar años. Cada año que pasa suma gastos, deterioro y, a veces, nuevos herederos en la comunidad.
Si ya has cometido alguno, tiene arreglo: ponte al día en los pagos, inscribe la herencia si falta y deja todo por escrito a partir de ahora. Desde ahí, cualquiera de las tres salidas sigue abierta.
Hoy mismo
Qué puedes hacer esta semana
Pide la nota simple para saber exactamente qué cuota tienes y qué cargas hay. Manda al otro propietario un burofax ofreciéndole tu parte por extinción de condominio con un plazo de quince días. Y, en paralelo, pídenos precio: así sabrás cuánto cobrarías si decides no esperar más.
Te damos precio por tu parte en 48 horas
Sin que el otro tenga que firmar nada. Oferta por escrito, sin exclusividad y sin compromiso.
Pedir precio por mi parte
Preguntas frecuentes
Preguntas sobre cuando uno quiere vender y el otro no
¿Puede un copropietario vender su parte sin el consentimiento del otro?
Sí. El artículo 399 del Código Civil lo permite expresamente. El otro copropietario solo tiene derecho de retracto: quedarse esa parte pagando el mismo precio en nueve días desde que conoce la venta.
¿Se puede vender una propiedad si uno de los propietarios no quiere?
La propiedad entera no, salvo que lo ordene un juez en un procedimiento de división de cosa común. Lo que sí puede hacer cada propietario es vender su cuota a quien quiera.
¿Puede el otro obligarme a venderle mi parte a él?
No. Nadie puede obligarte a vender a un precio que no aceptes. Lo que puede hacer es pedir la división judicial, igual que tú, o igualar la oferta de un tercero mediante el retracto.
¿Cuánto tarda un juicio de división de cosa común?
Orientativamente de uno a tres años entre demanda, sentencia y subasta, según el juzgado y si hay recursos. Cuesta abogado, procurador y tasación, y el precio de subasta suele quedar por debajo del mercado.
¿Qué pasa si el que no quiere vender vive en la casa?
Puedes reclamarle una compensación por el uso exclusivo desde que se la exijas por escrito. No puedes echarlo. Y puedes vender tu cuota igualmente, aunque el precio baja porque el comprador adquiere un inmueble ocupado.
¿Qué cobro si vendo mi parte a una empresa?
Entre el 40 % y el 70 % del valor de tu cuota, según ocupación, cargas, ubicación y número de copropietarios. Al contado en notaría y con los gastos de notaría a cargo del comprador.
Pide tu oferta
Uno quiere vender y el otro no: te damos precio por tu parte en 48 h
Compramos tu parte con fondos propios, sin la firma del otro propietario. Precio por escrito en 48 horas, firma en notaría en semanas y cobro al contado.
613431439 Escribir por WhatsApp