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Cesión de derechos hereditarios

Cesión de derechos hereditarios: qué es y cómo vender tu herencia sin partir

La cesión de derechos hereditarios es la venta o donación de la cuota que un heredero tiene sobre el conjunto de la herencia antes de que se reparta, mediante escritura pública. El cesionario ocupa su lugar en la partición y los demás coherederos pueden retraer en un mes (artículo 1067). Es la operación con la que compramos partes de herencias sin esperar a que todos se pongan de acuerdo.

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Artículos 1067 y 1531 del Código Civil

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Sin esperar a la partición

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Cesión de derechos hereditarios: pasillo de una casa familiar española con puertas cerradas

Definición

Qué es la cesión de derechos hereditarios

La cesión de derechos hereditarios es el contrato por el que un heredero transmite a otra persona, a título oneroso o gratuito, el derecho que le corresponde en una herencia todavía sin partir. No vende un piso ni un porcentaje de un piso. Vende su posición de heredero sobre el conjunto: bienes, derechos y también deudas. El Código Civil la menciona en los artículos 1067 y 1531 a 1534.

El cesionario no se convierte en heredero, porque esa condición es personal. Lo que adquiere es el contenido económico de la cuota: participa en la partición, recibe lo que se adjudique a esa cuota y responde de las deudas en la misma medida. Por eso la cesión de derechos hereditarios exige haber aceptado antes la herencia, al menos de forma tácita en la propia escritura.

Requisitos

Requisitos: aceptación, escritura y qué se transmite

Para que la cesión de derechos hereditarios sea válida y pueda inscribirse después, hacen falta estas condiciones:

Herencia abierta y aceptada. No se puede ceder la herencia de alguien vivo (artículo 1271). La aceptación puede hacerse en la misma escritura de cesión.

Herencia sin partir. Si ya se ha hecho la partición, lo que se vende es una cuota concreta sobre cada bien, no un derecho hereditario.

Escritura pública. Es obligatoria cuando la herencia incluye inmuebles. Un documento privado no basta para inscribir.

Identificación de la cuota, no de los bienes. Se cede «el derecho hereditario que corresponde al cedente», aunque se describan los bienes conocidos a título informativo.

Precio o causa gratuita. Si es venta, se fija un precio alzado. Si es donación, tributa como tal.

Paso a paso

Cómo se hace la cesión de derechos hereditarios

La cesión de derechos hereditarios es sencilla cuando el comprador conoce el mecanismo. Así la hacemos nosotros:

01

Documentación

Certificado de defunción, últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, y notas simples de los inmuebles. Con eso valoramos la herencia y tu cuota.

02

Oferta por escrito

En 48 horas te decimos cuánto pagamos por tu derecho hereditario, descontando deudas conocidas e impuestos pendientes.

03

Escritura de aceptación y cesión

Firmas ante notario, cobras al contado y nosotros asumimos notaría y gestión. Si no has liquidado sucesiones, se hace en el mismo acto o lo gestionamos.

04

Notificación a los coherederos

Se les comunica la cesión para que corra el plazo de un mes del retracto de coherederos. Si no lo ejercen, la cesión queda firme.

Desde ese momento, los problemas de la partición son nuestros, no tuyos.

Precio e impuestos

Precio e impuestos de ceder tu parte de la herencia

El precio de una cesión de derechos hereditarios depende de lo que haya en la herencia y de lo que falte por resolver. Como referencia, en una herencia con un piso de 180.000 euros, sin deudas, entre tres hermanos, la cuota teórica vale 60.000 euros. Un comprador profesional paga entre el 40 % y el 70 %, es decir, de 24.000 a 42.000 euros. Depende de la ocupación del piso, las cargas y el conflicto entre herederos.

En impuestos, el cedente paga el impuesto de sucesiones por lo heredado, si no lo había liquidado. Además, tributa en IRPF por la ganancia entre el valor declarado en sucesiones y el precio cobrado. El cesionario paga ITP sobre el valor de los inmuebles incluidos. Todo orientativo y según comunidad autónoma. Si el precio es inferior al valor fiscal, Hacienda puede exigir ITP sobre el valor de referencia.

Comparativa

Cesión de derechos hereditarios frente a vender la cuota de un piso

Muchos herederos confunden la cesión de derechos hereditarios con la venta de su parte de un piso. Son operaciones distintas:

Aspecto

Cesión de derechos hereditarios frente a venta de cuota indivisa

Momento

La cesión se hace antes de partir la herencia. La venta de cuota, después, cuando el piso ya está adjudicado por porcentajes.

Objeto

La cesión transmite la posición sobre toda la herencia, con bienes y deudas. La venta de cuota transmite un porcentaje de un inmueble concreto.

Retracto

En la cesión, los coherederos tienen un mes (artículo 1067). En la venta de cuota, los comuneros tienen nueve días (artículo 1522).

Documentos previos

La cesión exige aceptar la herencia. La venta de cuota exige además la escritura de partición y la inscripción registral.

Quién la compra

Nosotros compramos ambas. La cesión es la vía cuando los demás herederos bloquean la partición.

Si tu herencia lleva años sin partir porque alguien no firma, la cesión de derechos hereditarios es la salida que no depende de ellos.

Alternativa

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Compramos partes de herencias mediante cesión de derechos hereditarios en toda España, con fondos propios y sin que los demás herederos tengan que estar de acuerdo. Oferta por escrito en 48 horas, firma en notaría en dos a cuatro semanas y gastos de notaría y gestión a nuestro cargo.

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Preguntas frecuentes

Preguntas sobre la cesión de derechos hereditarios

¿Hace falta el consentimiento de los demás herederos para ceder mis derechos hereditarios?

No. Cada heredero puede disponer de su cuota libremente. Los coherederos solo tienen derecho de retracto: pueden quedarse tu parte pagando el mismo precio en el plazo de un mes desde que se les notifica la cesión.

¿Puedo ceder mis derechos hereditarios si no he pagado el impuesto de sucesiones?

Sí, pero el impuesto hay que liquidarlo para inscribir y el notario lo exigirá o lo advertirá. En nuestras compras lo gestionamos en el mismo acto y descontamos su importe del precio si está pendiente.

¿Qué impuestos paga el que cede sus derechos hereditarios?

El impuesto de sucesiones por lo heredado, si no estaba liquidado, y el IRPF por la ganancia patrimonial, que es la diferencia entre el valor declarado en sucesiones y el precio de la cesión. La plusvalía municipal también puede devengarse por los inmuebles.

¿Cuánto tarda una cesión de derechos hereditarios?

Con la documentación lista, entre dos y cuatro semanas desde la oferta hasta la firma en notaría. Si hay que pedir certificados o la declaración de herederos, súmale uno o dos meses. Es mucho más rápida que una partición judicial.

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