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Derecho hereditario
Qué es el derecho hereditario y cómo se vende antes de repartir la herencia
El derecho hereditario es la parte abstracta que corresponde a cada heredero sobre el conjunto de la herencia desde que la acepta y hasta que se reparte, sin que recaiga aún sobre ningún bien concreto. Se puede vender mediante escritura de cesión, sin esperar a la partición. Nosotros compramos derechos hereditarios en toda España con oferta por escrito en 48 horas.
Artículos 1067 y 1531 del Código Civil
Ejemplo con cifras
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Definición
Derecho hereditario: qué es y en qué se diferencia de la cuota sobre un bien
El derecho hereditario nace con la aceptación de la herencia. Desde ese momento, el heredero es cotitular de todo el patrimonio del fallecido: el piso, las cuentas, el coche y también las deudas. Lo es en una proporción, por ejemplo un tercio, pero no de un bien en concreto.
La diferencia con la cuota indivisa es esencial. La cuota indivisa recae sobre un inmueble identificado: un tercio del piso de la calle Mayor. El derecho hereditario recae sobre el conjunto: un tercio de todo lo que haya, una vez pagadas las deudas. Hasta la partición no se sabe qué bien acabará en manos de cada uno.
El Código Civil menciona el derecho hereditario en el artículo 1067, que regula el retracto de coherederos cuando uno lo vende a un extraño, y en el artículo 1531, sobre la venta de una herencia sin enumerar sus cosas.
Situación
Qué tienes exactamente antes de la partición
Mientras la herencia está sin partir, existe una comunidad hereditaria. Tu posición dentro de ella tiene estas características.
Eres dueño de una cuota sobre el todo, no de ningún bien en particular. No puedes vender «tu tercio del piso» porque todavía no lo tienes.
Respondes de las deudas de la herencia con tus bienes si aceptaste pura y simplemente; solo con lo heredado si aceptaste a beneficio de inventario.
Puedes pedir la partición en cualquier momento (artículo 1051). Nadie está obligado a seguir en la comunidad hereditaria.
Puedes vender o ceder tu derecho a un coheredero o a un extraño, con el retracto de coherederos de por medio.
Necesitas unanimidad para vender un bien concreto de la herencia, igual que en cualquier proindiviso.
Cesión
Cómo se vende el derecho hereditario: la cesión
La venta del derecho hereditario se llama cesión de derechos hereditarios y se hace en escritura pública.
01
Acepta la herencia
Aunque sea en la misma escritura. No se puede ceder lo que no se ha aceptado; antes del fallecimiento tampoco (artículo 1271).
02
Fija el precio
Se calcula sobre el valor estimado de lo que te tocaría, con descuento por deudas, impuestos pendientes y la incertidumbre de la partición. El mercado paga entre el 40 % y el 70 % de ese valor neto.
03
Firma la cesión en notaría
El cesionario ocupa tu lugar en la comunidad hereditaria. Recibirá lo que te habría correspondido en la partición.
04
Comunica a los coherederos
Tienen un mes desde que se les notifica para ejercer el retracto de coherederos y quedarse tu derecho al mismo precio (artículo 1067).
Ejemplo
Ejemplo con números: herencia de 180.000 € y tres hermanos
Un padre deja un piso valorado en 180.000 €, 30.000 € en el banco y una deuda de 20.000 €. Tres hijos heredan por igual. El neto es de 190.000 €; a cada uno le corresponde un derecho hereditario de unos 63.000 €.
Uno de ellos quiere su dinero ya y no desea pleitos con sus hermanos. Cede su derecho hereditario a un comprador profesional por 32.000 €, que es la mitad de su valor neto. El comprador asume impuestos pendientes y la espera hasta la partición.
Los dos hermanos pueden retraer por 32.000 € en el plazo de un mes. Si no lo hacen, el comprador será el tercer comunero en la partición y, llegado el caso, en el piso.
Fiscalidad
Impuestos al vender el derecho hereditario
La cesión de un derecho hereditario tributa de forma distinta según quién sea el vendedor y el comprador. Todo es orientativo y depende de la comunidad autónoma.
Impuesto de sucesiones
Lo paga el heredero que cede, porque heredó aunque luego venda. El plazo de seis meses corre desde el fallecimiento.
IRPF del vendedor
La diferencia entre el precio de cesión y el valor declarado en sucesiones es ganancia o pérdida patrimonial. Si cedes por menos de lo declarado, no hay ganancia.
ITP del comprador
El cesionario paga el impuesto de transmisiones patrimoniales sobre el valor de lo cedido, al tipo de su comunidad autónoma. Si hay inmuebles, se liquida como una compraventa.
Plusvalía municipal
Si la herencia incluye inmuebles urbanos, se devenga por la herencia y, de nuevo, por la cesión si hay incremento de valor del suelo.
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Pedir ofertaPreguntas frecuentes
Preguntas sobre el derecho hereditario
¿Se puede vender el derecho hereditario antes de aceptar la herencia?
No. Hay que aceptar primero, aunque la aceptación y la cesión pueden hacerse en la misma escritura. Tampoco se puede vender la herencia de una persona viva: el artículo 1271 del Código Civil prohíbe los contratos sobre herencia futura.
¿Qué diferencia hay entre derecho hereditario y cuota hereditaria?
En la práctica se usan como sinónimos. Ambos designan la parte abstracta de cada heredero sobre el conjunto de la herencia antes de partir. La cuota indivisa, en cambio, recae sobre un bien concreto ya adjudicado.
¿Pueden mis hermanos impedir que venda mi derecho hereditario?
No pueden impedirlo. Lo que tienen es el retracto de coherederos del artículo 1067: un mes desde que se les comunica la venta para quedarse tu derecho pagando el mismo precio. Si no lo ejercen, la cesión es firme.
¿Cuánto pagan por un derecho hereditario?
De forma orientativa, entre el 40 % y el 70 % del valor neto estimado de tu parte, una vez descontadas deudas e impuestos pendientes. El porcentaje baja si la herencia tiene muchos herederos, bienes ocupados o conflictos abiertos.
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