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Valor catastral
Valor catastral: qué es, cómo se consulta y para qué impuestos sirve
El valor catastral es el valor administrativo que la Dirección General del Catastro asigna a cada inmueble sumando el valor del suelo y el de la construcción, según la Ley del Catastro Inmobiliario. Sirve de base para el IBI y la plusvalía municipal y suele quedar muy por debajo del precio de mercado. Al vender tu cuota no marca el precio: nosotros valoramos tu parte a precio real de la zona.
Tres valores, bien separados
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Definición
Qué es el valor catastral y cómo se calcula
Además, el valor catastral lo fija Catastro, no el ayuntamiento ni el propietario. De hecho, en la práctica, se calcula con la ponencia de valores de cada municipio, que asigna un valor al suelo según la zona y otro a la construcción según superficie, antigüedad, calidad y uso. La suma de ambos es el valor catastral, y por ley no puede superar el valor de mercado. En concreto, en la práctica se fija alrededor de la mitad.
Asimismo, las ponencias se revisan cada varios años, a veces décadas. Además, entre revisiones, la Ley de Presupuestos aplica coeficientes de actualización a los municipios que lo piden. Por eso dos pisos iguales en ciudades distintas pueden tener un valor catastral muy diferente, sin que eso diga nada de su precio real.
Consulta
Cómo consultar el valor catastral de un piso
01
Recibo del IBI
Es el camino más corto. El recibo anual indica el valor catastral total y, en muchos municipios, el del suelo y el de la construcción por separado.
02
Sede Electrónica del Catastro
Con certificado digital o Cl@ve puedes ver los datos protegidos de tus inmuebles, incluido el valor catastral. Sin identificarte solo verás superficie, año y referencia.
03
Punto de Información Catastral
Están en ayuntamientos y oficinas de Hacienda. Te dan una certificación catastral con el valor, gratis o por una tasa pequeña.
04
Notaría o gestoría
Al preparar una escritura, el notario consulta el valor del Catastro y el valor de referencia directamente. Si vas a vender tu cuota, nosotros lo hacemos por ti.
Diferencias
Valor catastral, valor de referencia y valor de mercado: tres cifras distintas
Valor
Quién lo fija y para qué se usa
Valor catastral
Catastro, con la ponencia municipal. Base del IBI, de la plusvalía municipal y de la imputación de rentas en el IRPF.
Valor de referencia
También Catastro, cada año, a partir de compraventas reales de la zona. Desde 2022 es la base mínima del ITP, del impuesto de sucesiones y del AJD.
Valor de mercado
El precio al que se vende de verdad el inmueble. Lo fija la oferta y la demanda; una tasación lo estima.
Valor de tu cuota
La proporción del valor de mercado, con descuento. Un comprador profesional paga entre el 40 % y el 70 % de esa proporción.
Para un piso de 180.000 euros de mercado es normal un valor del Catastro de 70.000 y un valor de referencia de 150.000. Son tres números para tres fines.
Impuestos
Para qué impuestos sirve
IBI
El ayuntamiento aplica un tipo de entre el 0,4 % y el 1,1 % sobre el valor del Catastro en inmuebles urbanos. En un proindiviso se reparte por cuotas.
Ver IBI y gastos →Plusvalía municipal
Se calcula sobre el valor del Catastro del suelo multiplicado por un coeficiente según los años transcurridos. Se paga al vender o al heredar, no en una extinción de condominio.
Ver plusvalía municipal →IRPF por imputación de rentas
Si tienes una cuota de un piso vacío que no es tu vivienda habitual, declaras cada año el 1,1 % o el 2 % de la parte del valor del Catastro que te corresponde.
Impuesto de sucesiones e ITP
Ya no usan el valor del Catastro. Desde 2022 la base mínima es el valor de referencia, salvo que el precio declarado sea mayor.
Ver valor de referencia →Ejemplo
Ejemplo con números: piso de 180.000 euros entre tres hermanos
Tres hermanos heredan un piso con valor de mercado de 180.000 euros. Su valor del Catastro es de 70.000 euros: 40.000 de suelo y 30.000 de construcción. Con un tipo de IBI del 0,6 %, el recibo anual son 420 euros, 140 por hermano. Si uno vende su tercio tras diez años, la plusvalía municipal por el método objetivo parte del suelo: 40.000 euros por un coeficiente orientativo del 0,16, es decir, 6.400 euros de base, que a un tipo del 30 % dan 1.920 euros para el piso entero y 640 euros por el tercio.
El precio de la cuota es otra historia. Sobre 60.000 euros de valor proporcional de mercado, pagamos entre 24.000 y 42.000 euros, muy por encima de lo que el valor del Catastro sugeriría. La plusvalía puede calcularse también por la ganancia real, si sale más baja.
Nuestra compra
Qué pagamos por tu cuota
No miramos el valor del Catastro para fijar el precio. Valoramos tu parte sobre los precios reales de la zona y te hacemos una oferta entre el 40 % y el 70 % de su valor proporcional, según ocupación, cargas y número de comuneros.
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Pedir precio por mi partePreguntas frecuentes
Preguntas sobre el valor catastral
¿Dónde consulto el valor catastral de mi casa?
En el recibo del IBI, en la Sede Electrónica del Catastro con certificado digital o Cl@ve, o en un Punto de Información Catastral de tu ayuntamiento. Sin identificarte, la Sede solo muestra datos no protegidos como la superficie y el año de construcción, no el valor.
¿El valor catastral es el precio de venta?
No. El valor del Catastro es una cifra administrativa para impuestos y suele quedar alrededor de la mitad del valor de mercado, a veces menos. El precio de venta lo fija el mercado y, en el caso de una cuota indivisa, el descuento que aplica el comprador por no poder usar el piso entero.
¿Qué diferencia hay entre valor catastral y valor de referencia?
Los dos los publica Catastro, pero sirven para cosas distintas. El valor del Catastro es la base del IBI y de la plusvalía municipal y se revisa pocas veces. El valor de referencia se actualiza cada año con precios reales y es la base mínima del ITP y del impuesto de sucesiones desde 2022.
¿Se puede recurrir el valor catastral?
Sí. Cuando Catastro notifica un nuevo valor, tienes un mes para presentar recurso de reposición o reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo. Fuera de ese plazo puedes pedir una subsanación de discrepancias si hay errores de superficie, antigüedad o uso. El efecto se nota en el IBI del año siguiente.
¿Cuánto paga de IBI cada copropietario?
El IBI es único por inmueble y el ayuntamiento puede reclamarlo entero a cualquiera de los titulares. Entre ellos se reparte según la cuota de cada uno, de acuerdo con el artículo 393 del Código Civil. Quien paga de más puede reclamar la diferencia a los demás comuneros.
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