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Separación de bienes
Separación de bienes: qué es y cómo afecta a la casa comprada a medias
La separación de bienes es el régimen económico matrimonial en el que cada cónyuge conserva la propiedad de lo que tenía antes de casarse y de lo que adquiere después, sin que exista un patrimonio común. La casa comprada entre los dos no es ganancial: es un proindiviso al 50 % o en la proporción que figure en la escritura. Por eso, al separarte, puedes vender tu cuota sin esperar a ninguna liquidación.
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Definición
Qué es la separación de bienes y dónde se regula
La separación de bienes está regulada en los artículos 1435 a 1444 del Código Civil. Cada cónyuge es dueño de sus bienes, los administra y responde de sus deudas con ellos. No hay masa común que liquidar cuando el matrimonio se acaba. Solo existe una obligación compartida. Según el artículo 1438, cada uno contribuye a las cargas familiares en proporción a sus recursos.
En la mayor parte de España el régimen por defecto es la sociedad de gananciales. Por eso la separación de bienes se pacta en capitulaciones matrimoniales ante notario, antes o después de la boda. En Cataluña y Baleares, en cambio, es el régimen legal supletorio. También se impone cuando un juez disuelve los gananciales a petición de uno de los cónyuges.
Proindiviso
La casa comprada a medias en separación de bienes es un proindiviso
Cuando un matrimonio en separación de bienes compra una vivienda entre los dos, no nace un bien ganancial. Nace una comunidad de bienes ordinaria, la de los artículos 392 y siguientes del Código Civil. Cada uno tiene la cuota que dice la escritura, normalmente el 50 %, aunque puede ser otra si se pactó. Lo que cada uno pagó después no cambia la cuota. Como mucho, genera un derecho a reclamar lo aportado de más.
El artículo 1441 añade una regla útil. Si no se puede probar a quién pertenece un bien, se entiende que es de los dos por mitad. En la práctica, con separación de bienes la vivienda se rige por las normas del proindiviso. Cada cónyuge puede vender o hipotecar su cuota sin el consentimiento del otro, según el artículo 399. Además, cualquiera puede pedir la división en cualquier momento, según el artículo 400.
Ejemplo
Ejemplo con números: piso de 180.000 euros y dos cuotas desiguales
Una pareja casada en separación de bienes compró un piso que hoy vale 180.000 euros. En la escritura figura un 70 % para ella y un 30 % para él, porque ella aportó más entrada. Queda una hipoteca de 60.000 euros de la que los dos son deudores solidarios. El valor neto es de 120.000 euros: 84.000 para su 70 % y 36.000 para su 30 %.
Si ella quiere quedarse el piso, puede hacer una extinción de condominio. Le paga a él 36.000 euros y asume toda la hipoteca con el visto bueno del banco. Tributa por actos jurídicos documentados, de forma orientativa entre el 0,5 % y el 1,5 % según comunidad autónoma. Si no hay acuerdo o dinero, él puede vendernos su 30 %. Pagamos entre el 40 % y el 70 % de esos 36.000 euros netos. Es decir, entre 14.400 y 25.200 euros, al contado y en semanas.
Separación
Qué pasa con la vivienda al separarse o divorciarse
Con separación de bienes no hay inventario ni liquidación de gananciales. La casa común sigue en proindiviso hasta que se haga algo con ella. Estas son las vías habituales.
Uso de la vivienda familiar
Lo regula el artículo 96 del Código Civil. El juez puede atribuir el uso al cónyuge que se queda con los hijos, aunque la casa sea común. El otro sigue siendo dueño, pero no puede usarla.
Ver atribución del uso →Extinción de condominio
Uno se queda el 100 % y compensa al otro. Es la salida más limpia si hay acuerdo, dinero y un banco dispuesto a dejar la hipoteca a nombre de uno solo.
Ver proindiviso por divorcio →Venta de la casa entera
Hace falta la firma de los dos. Se reparte el precio según las cuotas, descontada la hipoteca. Si uno no quiere vender, la vía es la división judicial.
Venta de tu cuota
La vendes tú solo, sin permiso de tu ex. Tu ex puede ejercer el retracto en nueve días pagando lo mismo; si no lo hace, el comprador entra en su lugar.
Vender tu parte a tu pareja →Comparativa
Separación de bienes frente a gananciales y otros términos
Término
Diferencia con la separación de bienes
Sociedad de gananciales
Lo comprado en el matrimonio es común, sin cuotas. Al divorciarse hay que liquidar: inventario, avalúo y adjudicaciones. Solo entonces puede nacer un proindiviso.
Régimen de participación
Durante el matrimonio funciona como la separación de bienes. Al disolverse, cada cónyuge participa en las ganancias del otro. Es poco frecuente en España.
Liquidación de gananciales
Procedimiento propio de los gananciales. En separación de bienes no existe: la casa común se reparte con las reglas del proindiviso.
Pareja de hecho
No hay régimen económico matrimonial. La casa comprada juntos es un proindiviso igual que en separación de bienes, con las cuotas de la escritura.
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Pedir precio por mi partePreguntas frecuentes
Preguntas sobre la separación de bienes y la casa común
¿La casa comprada en separación de bienes es de los dos?
Sí, si los dos figuran como compradores en la escritura. Cada uno tiene la cuota que allí se indica, normalmente la mitad. Si solo compró uno, la casa es suya aunque el otro haya ayudado a pagar la hipoteca; ese otro podrá reclamar lo aportado, pero no la propiedad.
¿Hace falta liquidar algo al divorciarse en separación de bienes?
No existe liquidación de gananciales porque no hay patrimonio común. Lo único que hay que resolver son los bienes comprados a medias, como la vivienda, que están en proindiviso. Se reparten por extinción de condominio, venta conjunta, venta de la cuota de uno o división judicial.
¿Puedo vender mi parte de la casa sin el consentimiento de mi ex?
Sí. El artículo 399 del Código Civil permite a cada copropietario vender su cuota sin el permiso de los demás. Tu ex solo tiene derecho de retracto: quedarse tu parte pagando el mismo precio en nueve días desde que conoce la venta. Si hay hijos con el uso atribuido, el comprador respeta ese uso.
¿Qué pasa si yo pagué más hipoteca que mi pareja?
La cuota no cambia por eso: sigue siendo la de la escritura. Lo que tienes es un derecho de crédito contra tu ex por la mitad de lo que pagaste de más, que puedes reclamar o compensar en el reparto. Conviene guardar los justificantes bancarios.
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